Decr. 897/16 Se implemente una campaña de concientización sobre el acoso escolar “bullyng”

Expte.  Nº  5.918/16.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756

La grave problemática del acoso escolar “BULLYING” y;

LEY N° 26892 –  Ley para la Promoción de la Convivencia y el Abordaje de la Conflictividad Social en las Instituciones Educativas

Servicio local de Promoción y Protección de Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia, y

CONSIDERANDO:

Que es importante trabajar en conjunto con las instituciones escolares, con el objetivo  de culminar con conductas violentas en las aulas y los recreos y aun fuera de los establecimientos.

Que  se puede lograr a través de campañas de reflexión en la que participen los docentes, profesores,  y sus familias.

Que es importante aportar herramientas al docente, alumnos/as y sus familias sobre la necesidad de identificar y actuar ante los casos de niños y niñas afectados por esta problemática.

Que este tipo de campañas hace reflexionar  a los mayores sobre que es el BULLYING, sus tipos y formas de manifestación, las causas y las terribles consecuencias que esto conlleva para las víctimas y los agresores; y plantear estrictas soluciones al problema.

Que hay diferentes tipos de BULLYING: físico, verbal, psicológico, social y ciberbullying

Que la problemática al acoso de sus pares cada vez se  agrava más.

Que hay niños y niñas que no quieren  asistir a sus colegios por sentirse discriminados y afectados por esta problemática.

Que este problema de  acoso escolar conlleva a que niños y niñas no puedan prestar  atención en clase porque su  agresor está  a la expectativa de la víctima.

Que existen algunos indicios que se repiten en la mayoría de los casos, y algunas advertencias que deben tenerse en cuenta, como:

– si un niño es víctima de algún tipo de acoso por parte de un compañero/a,  debe contárselo a un adulto.

– Si como padre o docente detectas que tu hijo/a o alumno/a muestra cambios de humor, está triste, finge enfermedades para no ir  al colegio o no tiene  amigos, intenta hablar con él para saber qué le sucede y así poder intervenir.

– Se debe concientizar a las víctimas de que no es inferior a nadie y crear pautas concretas para defenderse en las amenazas, humillaciones o maltrato del  acosador.

– Si sos testigo de un caso de acoso: no seas cómplice. Tu silencio engrandese  al maltratador y lo ratifica en su conducta. IMPLICATE Y DENUNCIA.

-Si recibís archivos, vídeos o fotos en las que se humilla a un compañero/a, o son de carácter íntimo y privado, no participes en su difusión.” DENUNCIA”.

-Si creés que sos víctima o conocés a alguien que está siendo vejado o acosado por otros compañeros, podés  aportar tu información al docente  a cargo.

Que asimismo existen una serie de elementos que deben tenerse en cuenta en tanto recursos didácticos:  

-Carteles de información elaborados por: alumnado, docentes, familias de la comunidad educativa, vídeos para usar con docentes, alumnos y familias, recomendar el uso seguro de Internet y las Redes Sociales.

-En caso de acoso por las Redes Sociales: IGNORA, BLOQUEA, DENUNCIA y ¡PIDE AYUDA!

Que en gravísimos casos las victimas tienden  auto lastimarse, cortándose los brazos hasta con el filo del sacapuntas, (porque piensan que así de esa forma va  a calmar el dolor  causado por la constante  agresión), que en determinados casos este  acoso llamado BULLYING lleva  hasta la muerte y a tomar represalias en su defensa hacia el agresor y quedando expuesta la víctima.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 897/2016

ART.1º) El Concejo Deliberante le ordena al  Departamento Ejecutivo Municipal para que  a través de la Secretaría que corresponda  implemente una CAMPAÑA DE CONCIENTIZACION SOBRE EL  ACOSO ESCOLAR “BULLYING”, en el término de 30 días.

ART. 2º) A la hora de establecer los lineamientos para la campaña se deberá tener en cuenta los fundamentos vertidos en los considerandos,  y así también contemplar los lineamientos generales de la legislación nacional y la provincial relativas a la temática. 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  22 de septiembre  de 2016

   

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