Expte. Nº  3.154/08.

VISTO:

            La nota elevada por los vecinos de la Sección Catastral Nº 13, que se adjunta.

La Ordenanza Nº 1.144/95 y modificatorias.

La Ley Provincial Nº 2756 , y

 

CONSIDERANDO:

        Que el pedido de las Vecinales de las Manzanas A, B, C y D de la Sección Catastral Nº 13 que solicitaron una reunión para intentar solucionar diversas problemáticas que afectan el normal  desenvolvimiento en la actividad cotidiana de las familias.

        Que con tal fin, los vecinos elaboraron la nota mencionada en los Vistos, a la que acompañaron con sus firmas una gran cantidad de pobladores de otras manzanas de la citada zona.

        Que entre los dichos de los vecinos se rescata frecuentemente la frase de que “parecemos una isla en la Ciudad”.

        Que entre las diferentes problemáticas presentadas se encuentra la referida a la contaminación del Medio Ambiente.

        Que acompañando a la necesidad de todo lo descrito  se adjunta a este, Expediente Nº 3.153/08, el cuál se refiere específicamente a determinar el tipo de actividad de las empresas instaladas en la zona y a partir de ahí concretar la actuación municipal apropiada para la resolución del problema.

        Que tanto la cuestión  específicamente tratada en el presente y el problema mencionado anteriormente traen aparejada la proliferación de insectos y alimañas.

Que a todo se suma la presencia de una gran cantidad de animales sueltos que propagan la generación de focos infecciosos e insalubridad del ambiente de esta zona.

        Que estos animales, un 49% perros, un 16% gatos, un 22% caballos, un 13% vacas, crean –además- peligro a los vecinos en su resguardo físico, sobre todo en el caso de niños que como bien sabemos en estos barrios, y al no haber pavimento, utilizan las calles como “espacio lúdico-publico”.

        Que temas tan importantes como el bienestar de los ciudadanos y el cuidado del ambiente requieren desde el poder político un trabajo que fundamente –y no deje lugar a dudas- de cuáles son los problemas y habiliten por lo tanto las propuestas de solución para los mismos con el mayor respeto a los actores intervinientes.

        Que es función de este Concejo como representante directo de los vecinos realizar las presentaciones correspondientes con el objeto de satisfacer las necesidades de la comunidad y con la intención de que se tienda a mejorar la calidad de vida de los vecinos.

        Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:


MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1543/2008.

           

ART. 1º) Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, o por el Área que corresponda, organice la erradicación de los basurales y malezas de la Sección Catastral Nº 13, en un todo de acuerdo a la siguiente descripción y que es resultado de un  relevamiento efectuado in situ.

Ø       Artigas al 700, 

Ø       Artigas y San Rafael

Ø       Artigas al 900 

Ø       Pablo VI y Pasteur 

Ø       Amenabar y Picasso  

Ø       San Rafael y Esperanza

Ø       Uboldi y San Rafael.

 

ART.2º) Intímese a los propietarios de los terrenos baldíos con el fin de que los mismos se mantengan limpios y libres de malezas.

 

ART. 3º)  Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría de Gobierno, y por el Área que corresponda, busque las alternativas de solución a la problemática de animales sueltos tomando en cuenta que las medidas es la persuasión y concientización de los vecinos del lugar.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  10 de abril de 2.008.

 

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