Expte. Nº 3.161/08.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756 , el reclamo de vecinos.
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de calles Rosario y Bordabehere se ha generado un microbasural permanente.
Que el mismo es foco de infecciones y potenciales enfermedades para los vecinos que viven en el lugar.
Que a 50mts del lugar se encuentran la Escuela Nro. 1204 y el Dispensario San Enrique generando un movimiento importante de niños y adultos que asisten a los mismos.
Que la calzada sobre calle Rosario entre el Pje. 3 y Levalle se encuentra totalmente deteriorada obligando a los vehículos que transitan por el lugar a realizar maniobras peligrosas para los conductores, acompañantes y peatones.
Que son deberes del municipio la erradicación de basurales, la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos y la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1544/2008.
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la limpieza del microbasural ubicado en la intersección de las calles Rosario y Bordabehere.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la desinfección del lugar mencionados en el artículo anterior.
ART. 3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la colocación de un cartel señalizando la multa correspondiente por arrojar residuos en la vía pública.
ART. 4º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda refuercen los controles en el lugar mencionado en el Art. 1º.
ART. 5º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la reparación de la calzada de Calle Rosario entre el Pje. 3 y Levalle y su posterior mantenimiento.
ART. 6º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de abril de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti
A/C Secretaria: Mario Correale