Expte. Nº  3.184/08.

VISTO:

            La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 .

            Las banquinas de Av. San Martín desde Emilio Zola hasta el acceso a Cargill, el reclamo de vecinos, y

CONSIDERANDO:

     Que las banquinas de Av. San Martín ambas manos desde Emilio Zola hasta el acceso a Cargill se encuentran deterioradas por la falta de mantenimiento.

      Que la Avenida San Martín es la arteria madre de nuestra Ciudad por donde transitan diariamente gran cantidad de vehículos livianos y pesados y distintas líneas del transporte público de pasajeros interurbanas y de media distancia.

        Que en algunos tramos de su banquina los pozos se han tornado muy peligrosos por sus dimensiones y la acumulación de agua generando riesgos graves para las personas que transitan por el lugar.

        Que en sectores de la banquina el nivel de éstas se encuentra por encima del nivel de asfalto con lo que en días de lluvia se produce la concentración de agua sobre la ruta con el peligro que esto significa.

      Que se realizó el zanjeo y no se retiró el producto del mismo amontonando la tierra y basura entre la banquina y la zanja obstaculizando el escurrimiento del agua de la carpeta asfáltica hacia la zanja.

      Que existen bocas de tormenta inutilizadas por la tierra acumulada frente a las mismas que impiden el desagote normal de la carpeta asfáltica.

        Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de sus calles y sistemas de desagües.

        Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:


MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1566/2008.

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene en Av. San Martín ambas manos desde Emilio Zola hasta el acceso a Cargill:

 

a) Limpieza de los restos del zanjeo amontonados entre la banquina y la zanja.

b) Nivelación y acondicionamiento de la banquina con la correspondiente caída hacia la zanja.

c) Acondicionamiento de las bocas de tormenta.

 

ART. 2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  8 de mayo de 2.008.

 

Presidente: Roberto Richetti

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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