Expte. Nº 3.183/08.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de las calles Pueyrredón y Ruta Provincial 25 S conocida como Camino a Monte Flores, se ha generado un microbasural permanente.
Que el mismo es foco de infecciones y potenciales enfermedades para los vecinos que viven en el lugar.
Que éste lugar es de tránsito peatonal y automotor intenso debido a la comunicación de distintos sectores de nuestra Ciudad.
Que la concentración de basura interrumpe el flujo del agua pluvial y obstruye el desagüe provocando el riesgo de anegamiento.
Que es deber del municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos y la preservación del medio ambiente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1567/2008.
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene:
a) Limpieza del microbasural ubicado en la intersección de las calles Pueyrredón y Ruta Provincial 25 S.
b) Desinfección del lugar mencionado en el inciso anterior.
c) Colocación de un cartel señalizando la multa correspondiente por arrojar residuos en la vía pública.
d) Refuerzo de los controles en la zona y particularmente en el lugar mencionado en el inciso a.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de mayo de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti
A/C Secretaria: Mario Correale