Expte. Nº 3.199/08.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, el estado de la capa asfáltica en 17 de Octubre y Roque Sáenz Peña, el reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en calle 17 de Octubre mano Sur-Norte llegando a Roque Sáenz Peña la calzada se encuentra totalmente destruida por la formación de un bache de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito a lo ancho de la misma y provocando peligro para los vehículos que transitan por ella.
Que en el bache se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad del mismo.
Que los vehículos al pasar obligadamente pisan el bache con agua salpicando a los vecinos que caminan por las veredas y a los que se encuentran esperando el colectivo.
Que el área mencionada en el primer artículo es transitada por colectivos del transporte público de pasajeros que circulan en ambos sentidos y en el mismo lugar existe una parada de ómnibus.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1575/2008.
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la reparación y mantenimiento de la calle 17 de Octubre mano Sur-Norte llegando a Roque Sáenz Peña.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de mayo de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti
A/C Secretaria: Mario Correale