Expte. Nº  3.327/08.

VISTO:

            La Ley 2756 , el reclamo de vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que por inquietud de vecinos del Barrio Mortelari se solicitan diversas obras en el referido sector.

Que en distintos terrenos baldíos del barrio se han generado micro basurales permanentes siendo foco de infecciones y potenciales enfermedades para los vecinos que viven o circulan por el lugar.

Que es imprescindible para el mejoramiento de la calidad de vida de los mismos la limpieza de zanjas y tubos de desagües.

Que es deber del municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos y la preservación del Medio Ambiente.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:


MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1602/2008.

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del Área que corresponda disponga la limpieza de micro basurales, desratización y zanjeo en el sector comprendido entre las calles Pavón, Artigas, San Rafael y Suipacha.

 ART. 2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  18 de septiembre de 2.008.

 

 

Presidente: Roberto Richetti

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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