Min. 1636/08 Reparación y Mantenimiento Cordoba 376

Expte. Nº  3.380/08.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº. 2756 Art. 39º Incs. 14, 24, 29, 62, Art. 41º Incs. 24 y 26, Art. 44º.

El estado de la capa asfáltica en calle Córdoba al 376.

El reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y

 

 

CONSIDERANDO:

Que en la calle Córdoba al 376 la calzada se encuentra parcialmente destruida por la formación de un bache de dimensiones importantes obstaculizando el transito y provocando peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por ella.

Que en el bache se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad del mismo.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:


MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1636/2008.

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la reparación y mantenimiento de calle Córdoba  376.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

                                                          

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 11 de diciembre de 2.008.

 

 

Presidente: Roberto Richetti

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

print
Scroll al inicio