Expte. Nº 3.480/09.

VISTO:

            La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756 Art. 39 Incs. 14, 24, 29, 52, 53, 62 , Art. 41 Incs. 24 y 26 , Art. 44; mantenimiento de la capa asfáltica en calles Rosario al 2500, el reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y

 

CONSIDERANDO:

            Que en la calle Rosario al 2500 la calzada se encuentra totalmente destruida por innumerables baches que hacen prácticamente imposible la circulación de vehículos por el lugar, con el consecuente peligro para vehículos, motos y bicicletas que transitan por el lugar

            Que este lugar es de tránsito peatonal y automotor intenso debido a la comunicación de distintos sectores de nuestra ciudad provocando el riesgo de accidentes al tratar los automovilistas de esquivar estos baches allí formados.

            Que en los baches se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad de los  mismos.

            Que los vehículos al pasar obligadamente pisan los baches con agua servida salpicando a los vecinos que caminan por las veredas, de los mismos dejando olor nauseabundo por toda la zona.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública así como la erradicación de basurales y la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1667/2009

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene:

  1. La reparación y mantenimiento de la calzada de la calle Rosario al 2500.

 

ART. 2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

                                                          

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de mayo de 2.009.

 

Presidenta: Olga G. Coteluzzi

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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