Expte. Nº 3.585/09.
VISTO:
La Ley Nº 2756, Art.39º Incs. 14, 24, 29, 62 , Art.41º Incs. 24 y 26.
El estado de la capa asfáltica en Av. San Martín al 1.700 intersección con calle Guido Spano.
El reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
Que en Av. San Martín al 1700 intersección con calle Guido Spano, la calzada se encuentra parcialmente destruida por la formación de un bache de dimensiones importantes obstaculizando y provocando peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por ella.
Que en el bache se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad del mismo.
Que el bache se encuentra sobre la senda peatonal por la cuál cruzan la calle cotidianamente decenas de ciudadanos y alumnos que diariamente asisten al centro educativo que existe en dicha intersección.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº1686/2009
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la reparación y mantenimiento de Av. San Martín al 1.700 esquina Guido Spano y Av. San Martín al 1.600.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de agosto de 2.009.
Presidenta: Olga G. Coteluzzi
A/C Secretaria: Mario Correale