Expte. Nº 3.586/09.
VISTO:
La Ley Nº 2756.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de Av. San Martín y calle Libertad se ha generado un anegamiento de la boca de tormenta existente debido a un amontonamiento de basura.
Que el mismo produce que se junte una gran cantidad de agua estancada generando un hábitat ideal para el cultivo de infecciones y enfermedades.
Que este es un lugar de tránsito peatonal y automotor intenso, y se encuentra cercana una institución educativa de gran asistencia e importancia de nuestra ciudad.
Que en el lugar mencionado la concentración de basura interrumpe el flujo de agua pluvial y obstruye la boca de tormenta con el riesgo de anegamientos e inundaciones.
Que es deber del municipio la limpieza de cordones cuneta y bocas de tormentas para la erradicación de dichos problemas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº1687/2009
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda ordene:
a) Limpieza de la boca de tormenta ubicada en al intersección de Av. San Martín y calle Libertad, vereda S.O.
b) Desinfección del lugar mencionado en el ítem anterior.
c) Ordene el envío de personal municipal en forma periódica para su mantenimiento y limpieza del lugar y así asegurar que drenen de buena manera las aguas pluviales y eventuales que pudieran acumularse.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de agosto de 2.009.
Presidenta: Olga G. Coteluzzi
A/C Secretaria: Mario Correale