Expte. Nº 3.598/09.
VISTO:
La Ley 2756, Art. 39º, Incs. 14, 24, 29 y 62 , Art. 41º Incs. 24 y 26 y Art. 44º .
El estado de la capa asfáltica en calle Fornieles en intersección con calle San Juan.
El reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
Que en calle Fornieles en su intersección con calle San Juan, la calzada se encuentra parcialmente destruida, formando baches de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito y provocando peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por ella.
Que resulta imposible prever la profundidad de los mismos debido a la acumulación de agua servida.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº1691/2009
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la reparación y mantenimiento de calle Fornieles en su intersección con calle San Juan.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de agosto de 2.009.
Presidenta: Olga G. Coteluzzi
A/C Secretaria: Mario Correale