Min. 1728/10 Limpieza y reparación en calles Buenos Aires y García González

Expte. Nº 3.773/10.

VISTO:

            El micro basural de la intersección de calles Buenos Aires y García González.

            El estado de las calles.

            El reclamo de los vecinos.

            La Ley Nº 2756 Arts. 39º Incs. 14, 24, 29, 52, 53, 62 ; 41º Incs. 24 y 26 44º, y

 

CONSIDERANDO:

            Que en la intersección de las calles Buenos Aires y García González se ha generado un micro basural permanente de amplias dimensiones.

            Que el mismo es foco de infecciones y potenciales enfermedades para los vecinos que viven o transitan por el lugar.

            Que este lugar es de tránsito peatonal y automotor intenso debido a la comunicación de distintos sectores de nuestra Ciudad y a la cercanía de instituciones educativas y deportivas.

            Que la concentración de basura interrumpe el flujo del agua pluvial y obstruye el desagüe provocando el riesgo de anegamientos e inundaciones.

            Que la boca de tormenta ubicada en el lugar es intransitable provocando innumerables inconvenientes para los vecinos que viven en el lugar.

              Que es deber del municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas publicas para la prevención de los mismos y la preservación del medio ambiente, así como la reparación y mantenimiento de las calles de la Ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.   

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1.728/2010

 

ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene:

a)      Limpieza del micro basural ubicado en la intersección de calles Buenos Aires y García González.

b)      Desinfección del lugar mencionado en el inciso anterior.

c)      Colocación de cartelera señalizando la multa correspondiente por arrojar residuos en la vía pública.

d)      Refuerzo de los controles en la zona y particularmente en el lugar mencionado en el Inciso a.

e)      Reparación y mantenimiento de la calzada.

ART. 2) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  29 de abril de 2.010.

Presidente: Roberto Richetti

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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