Expte. Nº 3.811/10.
VISTO:
El estado de la capa asfáltica en calle Juan B. Justo entre calle Garay y Alberdi.
El reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
Que en la calle Juan B. Justo en el sector comprendido entre calle Garay y Alberdi la calzada se encuentra parcialmente destruida por la formación de baches obstaculizando el transito y provocando peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por ella.
Que en los baches se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad del mismo.
Que es una zona bastante transitada ya que en el sector existen consultorios médicos, una escuela y un jardín de infantes.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 1753/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la reparación y mantenimiento de calle Juan B. Justo en el sector comprendido entre calle Garay y calle Alberdi.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de junio de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale