Min. 1755/10 Limpieza del micro basural de calle Bv. San Diego al 300

Expte. Nº 3.810/10.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 Art. 39º Incs. 14, 52, 53, 62 , Art. 41º Incs. 24 y 26 , Art. 44º .

El microbasural de calle Bv. San Diego al 300.

El reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar; y

 

CONSIDERANDO:

          Que en la calle Bv. San Diego al 300 vereda par llegando a calle Alvear se ha generado un microbasural permanente.

          Que dicha zona es muy transitada por menores que concurren a las escuelas que están ubicadas en el sector, así como también asisten personas y niños a la Iglesia  y club de Fútbol infantil que existe en el lugar.

          Que el mismo es foco de infecciones y potenciales enfermedades para los vecinos que viven o transitan por el lugar.

          Que son deberes del municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:


MINUTA DE COMUNICACION  Nº 1755/2010

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene:

  1. Limpieza del microbasural ubicado la calle Bv. San Diego al 300  vereda par en su intersección con  calle Alvear.

 

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de junio de 2.010.

 

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

 

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