Expte. Nº 3.827/10.
VISTO:
La Ley 2756 Art. 39 Incs. 14, 24, 29 y 62 , Art.41º Incs. 24 y 26 ; Art.44º.
El reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
Que en calle Buenos Aires intersección con Bv. San Diego existe un bache de dimensiones importantes que obstaculiza el transito y provoca peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por el lugar.
Que en el bache se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad del mismo.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 1761/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, disponga la reparación y mantenimiento de la calle Buenos Aires intersección con Bv. San Diego.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de junio de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale