Expte. Nº 3.914/10.
VISTO:
El estado de la calle García González entre Av. Filippini y Rosario.
El Decreto Nº 206/09 Fondo Federal Solidario.
El Presupuesto General de Gastos.
La Ley 2756 Arts. 39º Incs. 14, 24, 29 y 30 .
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que calle García González entre Filippini y Rosario se encuentra intransitable debido a la formación de baches y desniveles por la falta de mantenimiento.
Que esta calle permitirá descomprimir el tránsito en este importante sector de la ciudad y la entrada y salida de los servicios públicos como remises y ambulancias.
Que es competencia del Concejo Deliberante Dictar ordenanzas sobre pavimentación
(Art.39º Inc.30 Ley 2756)
Que el Concejo Deliberante autorizó partidas en el Presupuesto 2010 para ser destinadas o afectadas a la realización de este tipo de trabajos y servicios públicos.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y todo lo que permita el crecimiento y progreso de la infraestructura de la Ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 1803/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, estudie la factibilidad de la realización de la pavimentación de calle García González entre Av. Filippini y Rosario.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de agosto de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale