Expte. Nº 3.939/10.
VISTO:
El micro basural en calle Colon al 900.
El Presupuesto General de Gastos.
La Ley 2756 Art.39º Incs. 14, 24, 52, 53, 62 ; Art. 41º Incs. 24 y 26 ; Art.44º.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en calle Colon al 900 se ha formado un micro basural de amplias dimensiones.
Que la concentración de basura interrumpe el flujo del agua pluvial y obstruye los desagües provocando el riesgo de anegamientos e inundaciones.
Que el micro basural obstaculiza el normal tránsito de vehículos así como también de los vecinos del lugar.
Que es necesario emplear medidas para regularizar la recolección y mantener en condiciones dignas este tipo de lugares que requieren un tratamiento particular.
Que es deber del municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas para la prevención de los mismos y la preservación del medio ambiente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 1819/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del Área que corresponda ordene:
a) Limpieza y desinfección del micro basural ubicado en calle Colón al 900.
b) Colocación de carteles señalizando la multa correspondiente por arrojar residuos en la vía pública.
c) Regularización y refuerzo de la frecuencia del servicio de recolección.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de septiembre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale