Expte. Nº 3947/10.
VISTO:
La Ley 2756 Art.39º Incs. 14, 24, 29, 52, 53, 62 ; Art.41º Incs. 24 y 26 ; Art.44º.
El Presupuesto General de Gastos.
El estado de la Av. Ntra. Sra. De La Paz entre las calles Corrientes y Av. Argentina.
El reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
Que en Av. Ntra. Sra. De La Paz entre las calles Corrientes y Av. Argentina la calzada se encuentra parcialmente destruida por la formación de baches obstaculizando el tránsito y provocando peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por ella.
Que esta zona es muy transitada por todo tipo de vehículos como así también por peatones ya que en la zona existe una escuela.
Que el Concejo Deliberante autorizó partidas en el Presupuesto 2010 para ser destinadas o afectadas a la realización de este tipo de trabajos públicos.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipio de accidentes en la vía publica.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 1823/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, disponga la reparación de la calzada en Ntra. Sra. De La Paz entre las calles Corrientes y Av. Argentina.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de septiembre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale