Expte. Nº 3946/10.
VISTO:
El estado de las bocas de tormenta.
La Ley 2756 Art.39º .
El Presupuesto General de Gastos.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en calle Fornieles llegando esquina 17 de Octubre se ha generado un anegamiento de las bocas de tormenta existentes debido a un amontonamiento de basura y por la falta de sus correspondientes tapas y mantenimiento.
Que el mismo produce que se junte una gran cantidad de agua estancada generando un hábitat ideal para el cultivo de infecciones y enfermedades.
Que este es un lugar de tránsito peatonal y automotor intenso, y en el mismo existe una parada de colectivo.
Que es deber del municipio la limpieza y mantenimiento de las bocas de tormenta para la erradicación de dichos problemas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 1827/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, disponga la limpieza de las bocas de tormenta y la reposición de sus correspondientes tapas ubicadas en calle Fornieles llegando a esquina 17 de Octubre.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de septiembre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale