Expte. Nº 3.952/10.

  VISTO:

            El estado del micro basural y del Pje. Concordia intersección con calle Libertad.

            La Ley 2756 Arts. 39º Incs. 14,  52, 53, 62 ; 41º Incs. 24 y 26 , Art. 44º .

            El Presupuesto General de Gastos. 

            El reclamo de vecinos, y

 

 

CONSIDERANDO:

          Que en el Pasaje Concordia intersección con calle Libertad se ha generado un micro basural permanente y el estado de la calzada es deplorable.

           Que el mismo se encuentra a pocos metros de una iglesia evangélica a la cual asisten gran cantidad de personas, las cuales pasan por el lugar.

           Que el sector es transitado frecuentemente por todo tipo de vehículos y al pasar por el lugar salpican el agua pluvial a las viviendas linderas así como también a los peatones que cruzan caminando.

           Que el mismo es foco de infecciones y futuras enfermedades para los vecinos del lugar.

           Que es deber del municipio la erradicación de basurales y el mantenimiento de las calles.

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACION  Nº 1837/2010

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda disponga:

1.- Limpieza del micro basural ubicado en Pje. Concordia intersección con calle Libertad.

2.- Mantenimiento, reparación y/o mejorado de la misma.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  7 de octubre de 2.010.

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

 

 

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