Expte. Nº 3.952/10.
VISTO:
El estado del micro basural y del Pje. Concordia intersección con calle Libertad.
La Ley 2756 Arts. 39º Incs. 14, 52, 53, 62 ; 41º Incs. 24 y 26 , Art. 44º .
El Presupuesto General de Gastos.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en el Pasaje Concordia intersección con calle Libertad se ha generado un micro basural permanente y el estado de la calzada es deplorable.
Que el mismo se encuentra a pocos metros de una iglesia evangélica a la cual asisten gran cantidad de personas, las cuales pasan por el lugar.
Que el sector es transitado frecuentemente por todo tipo de vehículos y al pasar por el lugar salpican el agua pluvial a las viviendas linderas así como también a los peatones que cruzan caminando.
Que el mismo es foco de infecciones y futuras enfermedades para los vecinos del lugar.
Que es deber del municipio la erradicación de basurales y el mantenimiento de las calles.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 1837/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda disponga:
1.- Limpieza del micro basural ubicado en Pje. Concordia intersección con calle Libertad.
2.- Mantenimiento, reparación y/o mejorado de la misma.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de octubre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale