Min. 1845/10 Reparación calzada Sta María de Oro 1690

Expte. Nº 3.989/10.

VISTO:

            El estado de calle Santa María de Oro al 1690. 

            La Ley 2756 Arts. 39º Incs. 14, 24, 29, 52, 53, 62 ; Art.  41º Incs. 24 y 26 y Art. 44º.

            El Presupuesto General de Gastos. 

            El reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y

 

CONSIDERANDO:

            Que en calle Santa María de Oro al 1690 la calzada se encuentra parcialmente destruida por la formación de baches obstaculizando el tránsito y provocando peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por ella

            Que esta zona es muy transitada por todo tipo de vehículos como así también por peatones.

            Que el Concejo Deliberante autorizó partidas en el Presupuestos 2010 para ser destinadas o afectadas a la realización de este tipo de trabajos públicos.

            Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la Ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía publica.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1845/2010

 

 ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, disponga la reparación y mantenimiento de calzada en la calle Santa María de Oro al 1690.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de noviembre de 2.010.

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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