Expte. Nº 4.000/10.
VISTO:
El estado de la capa asfáltica en calle Fornieles entre las calles 17 de Octubre y San Juan.
Las Minutas de Comunicación Nº 1.652/09 , 1.691/ 09 y 1.824/10.
La Ley 2756 Arts. 39º Incs. 14, 24, 29, 52, 53, 62 ; Art. 41º Incs. 24 y 26 y Art. 44º.
El Presupuesto General de Gastos.
El pedido de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en calle Fornieles entre las calles 17 de Octubre y San Juan la calzada se encuentra destruida por la formación de baches de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito y provocando peligro para los vehículos que transitan por ella.
Que en los baches se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad de los mismos.
Que en la intersección de Fornieles y San Juan la capa asfáltica se hundió completamente de par en par y el estado de la calle es tan deplorable y peligroso que es ya imposible circular.
Que por el lugar circula la Línea 35/9 Roja y tanto ésta como los demás vehículos al pasar obligadamente pisan los baches con agua servida salpicando a los vecinos que caminan por las veredas y peligrando que ocurra cualquier accidente.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la Ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía publica.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1846/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, disponga la reparación y mantenimiento de calle Fornieles entre las calles 17 de Octubre y San Juan.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de noviembre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Victoria Beloni