Expte. Nº 4.132/11.
VISTO:
La Ley Nº 2756, Art. 39º Incs. 14 y 24 , Art. 41º Inc. 5 y Art.44º.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que actualmente, y con la reciente obra de pavimentación, la calle Intendente Andréu, es una arteria de doble mano muy transitada, siendo directa comunicación desde y hacia el Boulevard San Diego.
Que, a la altura de Sáenz Peña, tanto automovilistas y motociclistas transitan dicha arteria a gran velocidad.
Que en el barrio habitan cantidad de familias con hijos menores, que mantienen aún, la añeja costumbre de disfrutar charlas de vecinos y juegos de niños en las veredas.
Que actualmente dada la nueva delineación de calle Intendente Andréu, la zona se ha convertido peligrosa, tanto para los vecinos como para los automovilistas y motociclistas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1874/2011
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de colocar reductores de velocidad o lomas de burro como así también la correspondiente señalización en calle Intendente Andréu en su intersección con calle Sáenz Peña.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de abril de 2.011.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale