Expte. Nº 4.738/13.
VISTO:
Ley 2.756 Art. 39º Incisos 30.
El reclamo de los vecinos y;
CONSIDERANDO:
Que Avenida Soldado Aguirre es una arteria de significativo caudal de tránsito, por la cual circulan vehículos livianos y también de gran porte como transporte de pasajeros -colectivos- y camiones.
Que en dicha avenida a la altura del 1900, en el sentido de circulación Este – Oeste en la intersección con calle Buenos Aires se encuentra un bache de importante dimensión.
Que la mencionada esquina se encuentra regulada por semáforos de cuatro tiempos, lo cual limita el tiempo para atravesar calle Buenos Aires, agregándose el inconveniente de reducir bruscamente la velocidad a causa del bache ubicado en el lugar.
Que esta situación aumenta el riesgo de siniestralidad vial.
Que el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad es deber del Departamento Ejecutivo Municipal.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2008/2013
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice la reparación del bache ubicado en Avenida Soldado Aguirre al 1900, entre calle Buenos Aires y San Nicolás, en el sentido de circulación Este – Oeste.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar el bache hasta que se efectúe las reparaciones pertinentes en el sector mencionado en el Art. 1º.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de abril de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci