Expte. Nº 4.743/13.

 VISTO:

            La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,

            El reclamo de vecinos que viven y/o transitan por el lugar, y

 

CONSIDERANDO:

            Que estamos en época de intensas lluvias y las bocas de tormentas son una herramienta fundamental para el desagüe de calles, más aun para una avenida como San Martín que es de vital importancia para el tránsito de la zona.

            Que durante el otoño dichos desagües se obstruyen de forma más rápida por la caída de las hojas de los árboles.

            Que es deber de este Concejo preveer reparando y acondicionando las bocas de tormentas distribuidas por la Ciudad, con el fin de evitar inconvenientes y futuras catástrofes que puedan sucederse.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2009/2013

 

ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda limpiar y reparar la boca de tormenta que se encuentra en Av. San Martín entre Santa Rosa y Rio Paraná vereda impar.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  25 de abril de 2013.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

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