Expte. Nº 6.243/17.
VISTO:
La Ley Nacional N° 24.449.
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 Art. 39º.
Reclamos de vecinos; y
CONSIDERANDO:
Que los vecinos de calle Perú conviven con la problemática de la velocidad vehicular, que al encontrarse asfaltada, los conductores transitan a alta velocidad sin concientización alguna del riesgo que puede ocasionar.
Que en el sector se han sucedido una serie de accidentes, involucrando tanto a vehículos como a peatones de la zona.
Que la implementación de reductores de velocidad como una medida de prevención frente a las altas velocidades, sería una solución para evitar posibles siniestros.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 2.125/2017
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, estudie la factibilidad de colocación de reductores de velocidad en calle Perú, zona catastral N° 1, disponiendo además de su correspondiente señalización.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de agosto de 2017
