Expte. Nº 8.939/25
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
La Ordenanza N° 2.239/14
Los reclamos de vecinos, vecinas y los alumnos y alumnas, docentes y toda la comunidad
educativa de la Escuela Primaria N° 1.266 “Juana Azurduy”, solicitando el ensanchamiento y
construcción de veredas reglamentarias en calle Temporelli, desde Crespo hasta Riccheri, del lado par, y
CONSIDERANDO:
Que la ordenanza citada establece las disposiciones relativas al régimen de contribución por
mejoras, el cual permite realizar obras públicas a partir de un principio de equidad, solidaridad y esfuerzo
colectivo.
Que la calle A. F. Temporelli es una arteria fundamental que conecta los distintos barrios
aledaños, como “La Tablita”, “Tassone”, “San Francisquito”, “Triángulo” y “Coronel Aguirre”, para llegar
a la Escuela N° 1.266 “Juana Azurduy”, y al Centro de Salud “San Martín”, donde los vecinos, vecinas,
alumnos y alumnas hacen su recorrido diario y de manera pedestre.
Que por ese motivo, en el marco de la visita a través del “Circuito Educativo” al Concejo
Municipal, los alumnos de 3ero “A” y “B”, presentaron la propuesta para el ensanchamiento y
construcción de veredas reglamentarias en calle Temporelli, desde Crespo hasta Riccheri, del lado par, en
el sentido de Este a Oeste.
Que dicha arteria, es un enlace muy importante para los vecinos y vecinas y la comunidad
educativa que transcurren de manera habitual, siendo los días de lluvia muy difícil de transitar por las
condiciones de la veredas, haciendo casi imposible su paso para llegar a destino.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2.163/2.025
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo para que, a través del área que
corresponda, estudie la factibilidad para la ejecución de la obra de ensanchamiento y construcción de
veredas en calle Temporelli, desde Crespo hasta Riccheri, del lado par, en el sentido de Este a Oeste, bajo
el régimen de contribución de mejoras.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 11 de septiembre de 2.025.
AUTOR: ESTEBAN LENCI.

