VISTO Y CONSIDERANDO:
Que no existe en este Municipio un instrumento legal que reprime y sancione el abandono de animales en la vía pública, con el consiguiente peligro para la población, y siendo necesario poner coto a esa situación, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, reunido en su sesión de la fecha, Sanciona con fuerza legal la
ORDENANZA Nº 03/73
ART.1º) Prohíbese el abandono de perros, gatos y sus crías, así como caballos y otras especies de animales en todo el perímetro de este Municipio.
ART.2º) Prohíbese la presencia de perros sueltos en la vía pública imputable a sus dueños bajo cualquier circunstancia.
Esta prohibición comprende:
Soltar los perros en la calle, facilitar libremente su salida de la vivienda, permitir la deambulación, con fines de esparcimiento o por otras causas, sin custodia y sin control.
ART.3º) Los perros que se llevan de paseo, dentro del Municipio, deberán estar provistos de bozal y ser guiados con cadena o correa. Deberán estar vacunados contra la rabia y estar inscriptos en el Registro Municipal de identificación.