VISTO Y CONSIDERANDO:
Que este Concejo en Ordenanza Nº 04/73, dispuso que se imponga el nombre propio a esta Ciudad, y que es necesario dotar de carteles indicadores a cada lado de ingreso a esta, para mayor ilustración del viajero como del ciudadano que vive en la misma.
ORDENANZA Nº 16/73
ART.1º) Dotar de carteles indicadores a ambos extremos de la Ciudad, con la Leyenda Ciudad de Villa Gobernador Gálvez de acuerdo y en consecuencia con lo que determina la Ordenanza respectiva.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese y Archívese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, Septiembre 06 de l973