Ord. 0039/84 Todo propietaria de baldios debe mantenerlos limpios y libre de malezas

 

VISTO Y CONSIDERANDO:

 La gran cantidad de loteos y terrenos, que existen  dentro del  municipio,  muchos de los cuáles se mantienen  en  la especulación y esperando el adelanto edilicio del distrito para su lote y encontrándose en una abandono total, lo que perjudica  el embellecimiento que debiera tener esta  Ciudad.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
 
 

ORDENANZA Nº 39/84

 

 

 

ART.1º) Todo  propietario  de terrenos baldíos  debe  mantenerlos libres  de malezas y de todo objeto que afecte a la  vista de la Ciudad y sus veredas en condiciones de acceso peatonal.

 
ART.2º) De  no tener dichos terrenos en las  condiciones  antedichas,  la  Municipalidad  procederá al corte  de  yuyos  y mantenimiento de los terrenos, los gastos que originen por dicho  mantenimiento se hará cargo el  propietario  procediéndose a su cobro por la vía correspondiente.
 

ART.3º) Deróguese toda Ordenanza que se oponga a la presente.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala  del  Honorable Concejo Deliberante, 5 de  abril  de 1.984.

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

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