VISTO Y CONSIDERANDO:
Que muchos contribuyentes están acudiendo a pagar las deudas atrasadas que tienen contraída, por pago de Tasas y Servicios Públicos, y por pedidos de muchos de ellos que se amplíe el plazo.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 42/84
ART.1º) Prorrogar hasta el 24 de mayo de 1.984, el vencimiento de la moratoria tributaria, sancionada por Ordenanzas Nº 16/84 y 33/84.
ART.2º) Ampliar el concepto dentro de la moratoria tributaria, para deudas atrasadas por Derecho de Registro e Inspección y de iluminación a gas de mercurio.
ART.3º) A los fines del acogimiento de la presente prórroga, la actualización de la deuda se hará, aplicando el Art. 3º de la Ordenanza Nº 26/84.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 24 de abril de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone