Ord. 0043/84 Construcción red de agua corriente para complejo habitacional

 

VISTO:

El complejo habitacional a construir por intermedio de la Mutual de Obreros y Empleados Municipales de Villa Gobernador  Gálvez,  consistente  en la  construcción  de  232 viviendas  de  acuerdo  a la operatoria  0670  del  Banco Hipotecario Nacional, y

 CONSIDERANDO:

 Que  para el otorgamiento del crédito por parte del  Banco Hipotecario  es necesario entre otras obras, el de  contar con  agua corriente y acceso pavimentado al complejo y  en razón de los altos fines sociales de la obra a realizar.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 43/84

 

 

ART.1º) Declárase  de Utilidad Pública y la obligatoriedad de  su pago a los frentistas de las siguientes obras:

           Red  de agua corriente calle Intendente Andreu entre  Cte. Espora y 20 de Junio.

           Pavimento  de calle Intendente Andreu entre cte. Espora  y 20 de Junio, y prolongaciones sobre el frente de la  fracción afectada al complejo habitacional.

 

ART.2º) La  realización de la obra estará sujeta a la  aprobación del  70  % de los propietarios o poseedores  a  título  de dueño  de  las  propiedades con frente a la  obra.  No  se computarán  para  tal cálculo  las  propiedades  fiscales, nacionales y provinciales.

 

ART.3º) El  Estado Nacional, Provincial o Municipal están  igualmente  obligado al pago en lo que hace a los bienes de  su dominio.

 

ART.4º) La  obra  de instalación de la red de agua  corriente  se realizarán  por contrato directo entre vecinos  y  empresa constructora  de acuerdo a lo establecido en la  Ordenanza Nº 3456/80 y 357/80.

 

ART.5º) Con respecto a la obra de pavimentación los vecinos frentistas estarán obligados la suma correspondiente al  costo de los materiales  usar, para la pavimentación de la calle afectada.

 

ART.6º) La Municipalidad prestará la mano de obra, maquinarias  y asistencia técnica para la realización de la obra de pavimento sin cargo para los frentistas.

 

ART.7º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala  del Honorable Concejo Deliberante, 24 de  abril  de 1.984. 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

print
Scroll al inicio