VISTO:
ORDENANZA Nº 44/84
ART.1º) Autorízase a la Mutual de Obreros y Empleados Municipales de Villa Gobernador Gálvez, a colocar una colectora por la calle Intendente Andreu o Alvear hasta Cte. Espora hasta el río en forma precaria y hasta tanto se construyan las colectoras correspondientes a la futura red cloacal del Municipio según proyecto confeccionado por el Concejo Federal de Inversiones.
ART.2º) La colocación de la misma estará a cargo exclusivo de la mutual.
ART.3º) La Municipalidad supervisará la instalación de la misma en la que hace al uso de los espacios públicos a los efectos de evitar inconvenientes a los frentistas, como así e lo que hace a la terminación de la obra y reparación de los daños que causaren en sus instalaciones, reposición de veredas y pavimentos.
ART.4º) Eta autorización estará sujeta al cumplimiento por parte de la Mutual de todo lo legislado con respecto al desagote de aguas servidas al río.
ART.5º) Los frentistas por donde pase la colectora no estará al pago de suma alguna que pudiere surgir con respecto a la instalación de la colectora.
ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 24 de abril de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone