VISTO:
Las peticiones recibidas por las comisiones vecinales en representación de los contribuyentes respecto de una prórroga de la fecha de vencimiento de la Tasa General de Inmuebles sancionada por Ordenanza Nº 034/84 y promulgada por Decreto Nº 189/84 de fecha 3 de abril de 1.984, y
CONSIDERANDO:
Que existen rezones reales que justifiquen el hecho que un considerable sector de la población no haya podido cumplir con la obligación fiscal.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 48/84
ART.1º) Prorrogar hasta el día 15 de mayo de 1.984 el vencimiento de la Tasa General de Inmuebles (1º Trimestre de 1.984) sancionada por Ordenanza Nº 034/84 y promulgada por Decreto Nº 189/84.
ART.2º) Se establece expresamente que la presente Ordenanza rige a partir del día 2 de mayo de 1.984.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante .
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone