VISTO:
Las peticiones recibidas por las comisiones vecinales en representación de los contribuyentes respecto de una prórroga de la fecha de vencimiento de la Tasa General de Inmuebles sancionada por Ordenanza Nº 034/84 y promulgada por Decreto Nº 189/84 de fecha abril de 1.984 y prorrogada hasta el día 15 de mayo de 1.984 por Ordenanza Nº 048/84 , y
CONSIDERANDO:
Que existen razones reales que justifican el hecho de que un considerable número de contribuyentes no ha podido cumplir con la obligación fiscal.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 51/84
ART.1º) Prorrogar hasta el 31 de mayo el vencimiento de
ART.2º) Se establece que la presente Ordenanza rige a partir del día 16 de mayo de 1.984.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 15 de mayo de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone