VISTO Y CONSIDERANDO:

 Que  los constantes aumentos que se operan en  los  rubros del  Transporte Automotor, y considerando que  los  mismos deben  tener rentabilidad que le permita operar sin  déficit.

 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 
 

ORDENANZA Nº 53/84

 

 

 

ART.1º) Determínese  que a partir de la 0 (cero) hora del día  19 de mayo de 1.984, se establece el precio único del  boleto de  pasajeros  en $ a 5.- (Pesos Argentinos Cinco)  en  la Empresa Martín Fiero S.R.L., que presta servicios en  esta Ciudad.

 

ART.2º) El  precio de $ a 5.- (Pesos Argentinos Cinco) rige  para las Líneas Verde, Negra y Roja, de la citada Empresa.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala  del  Honorable Concejo Deliberante, 18 de  mayo  de 1.984.

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

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