Ord. 0056/84 Modifica valores Ordenanza Tributaria 23/84

 

VISTO:

Los  valores establecidos en el Capítulo VI, Art. 20º  de la Ordenanza Tributaria Nº 23/84 , y

 

CONSIDERANDO:

 

Que  los valores allí consignados para permiso de uso  han quedado totalmente desactualizados por el alza general  de precios.

 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 56/84

 

ART.1º) Dispónese a partir de la fecha y para los valores fijados en la Ordenanza Tributaria Nº 23/84 , las siguientes  modificaciones:

a) Tractor por hora………………………..$ a   400.-

b) Máquina motoniveladora…………………..$ a   850.-

c) Pala mecánica por hora…………………..$ a   600.-

d) Máquina retroexcavadora por hora………….$ a   600.-

e) Tanque de agua por viaje…………………$ a   300.-

f) Camión para retiro de tierra por viaje…….$ a   500.-

g) Rastrojero con jaula (dentro del radio de 30 Km)

por viaje…………………………………$ a 3.000.-

h) Camión atmosférico por viaje……………..$ a   250.-

i) Máquina desmalezadora por hora……………$ a   350.-

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, mayo 31 de 1.984. 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

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