VISTO:
La nota remitida por
CONSIDERANDO:
Que es procedente el aumento solicitado de acuerdo a los nuevos índice de costo de vida, pero que paralelamente al aumento acordado se realzará el correspondiente servicio de fiscalización.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 71/84
ART.1º) Increméntese el precio del boleto urbano de transporte automotor de
ART.2º) Impóngase el pago del 2 % (dos) sobre el precio del boleto por parte de las Empresas de Transporte Urbano de Pasajeros en concepto de Tasa de Fiscalización del Servicio Público.
ART.3º) Deróguese
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 06 de julio de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone