VISTO:

 

Las peticiones recibidas por las comisiones vecinales en representación  de  los  contribuyentes  respecto  a  una prórroga en el vencimiento de la fecha de pago de la Tasa General de Inmuebles, y

CONSIDERANDO:

 Que existen razones reales que justifican el hecho que  un considerable sector de la población no haya podido cumplir con la obligación fiscal.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 73/84

 

 

ART.1º) Prorróguese  hasta  el día 31 de julio del  corriente  el pago de la Tasa  General de Inmuebles correspondientes  al 2º Anticipo de 1.984.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala  del Honorable Concejo Deliberante, 12 de  julio  de 1.984. 

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

print