VISTO Y CONSIDERANDO:
Que se hace necesario proteger a la población de los efectos que cíclicamente producen en ésta las inundaciones, y faltando u instrumento legal que impida la programación de nuevos loteos en dichas zonas.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 83/84
ART.1º) Queda suspendido por la presente Ordenanza todo loteo o subdivisión de terrenos cuya superficie haya sido cubierta por el avance de las aguas e inundaciones anteriores sobre la ribera del río Paraná.
ART.2º) Queda suspendida la autorización de nuevos loteos a efectuarse en las zonas afectadas que se mencionan en el Art. anterior.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 10 de agosto de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone