VISTO:
Que a los fines de obtener la licencia de conductor se debe desarrollar una tarea administrativa que no se encuentra compensada por ningún valor en la Ordenanza Tributaria del Ejercicio de 1.984, y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario percibir un monto por el derecho a rendir.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 84/84
ART.1º) Dispónese cobrar a los solicitantes de Licencias de Conductor la suma de $a 300.- (Pesos Argentinos Trescientos) en concepto de “DERECHO A RENDIR” para la obtención de
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, agosto 23 de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone