Ord. 0106/84 Incorporación de Inmuebles al Patrimonio Municipal

 

VISTO:

Las  instrucciones emanadas del Superior Gobierno  de  la Provincia  de  Santa  Fe, a través de  la  Secretaría  de Acción Comunal, por circular Nº 070/82 del 20 de julio de 1.982, por la que se comunica los procedimientos a seguir para  realizar  la inscripción dominial de  inmuebles  de propietarios desconocidos, en favor de la  Municipalidad, y

CONSIDERANDO:

 Que  la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez  ha  dado cumplimiento al Art. 60º de la Ley 2996/3123 y al  Decreto 10.881/60.

que  los  Arts. 2342 y 2344 del  Código  Civil   Argentino disponen sobre los bienes privados del Estado.

Que  el Art. 5º de la Ley 2756 , Orgánica de  Municipalidades, de igual manera legisla sobre bienes de  propietarios desconocidos.

Que existen inmuebles en legal posesión municipal atento a que se han cumplimentado las normas anteriormente  citadas de lo que da cuenta el acta de toma de posesión agregado a fojas 12 de expediente respectivo.

Que según informa la Dirección Provincial de Catastro  los inmuebles se inscribieron a nombre de “propietarios desconocidos”  y  por acta de toma de posesión de fecha  15  de mayo  de 1.974 se inscribió  a nombre de la  Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

Que  según informa la Policía de Santa Fe, a través de  la Comisaría 26 de Villa Gobernador Gálvez los inmuebles  son todos  baldíos,  vale  decir,  no  afectados  a  ocupación  actual, fechado el 9 de noviembre  de 1.984.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 106/84

 

 

ART.1º) Incorpórase al patrimonio privado de la Municipalidad  de Villa  Gobernador Gálvez los inmuebles que a  continuación se describen: Cuatro lotes de terreno situados en la  Sección  11, Manzana 49 de esta Ciudad, Distrito  de  V.G.G., Departamento  Rosario, Provincia de Santa Fe, los  que  de acuerdo al plano de mensura suscripto por el Ing. Geógrafo Ernesto E. mares y registrado en el Departamento  topográfico  de  la  Dirección General  de  Catastro,  delegación Rosario, como duplicado 1359-r, año 1.978 se los  describe de la siguiente forma:

 

PRIMERO: el designado con la característica 17 “A” y se ubica  en la esquina formada por la calle 9 de Julio y Pasaje Nº  4, mide once metros de frente al Oeste por treinta metros  de frente y fondo al Norte, encierra una superficie de  trescientos treinta metro cuadrados y linda al Oeste con calle 9 de Julio, al Norte con Pasaje Nº 4, al Este con  Alberto O. Martino y al Sud con el lote 18 “A” del mismo plano.

 

SEGUNDO:  el  designado con la característica 18 “A” y  se  ubica sobre  calle  9  de Julio entre el Pasaje Nº 4  y  la  Av. Juárez  Celman,  a los veintiséis metros  de  esta  última hacia  el Norte, mide trece metros de frene al  Oeste  por treinta  metros  de  fondo,  encierra  una  superficie  de trescientos noventa metros cuadrados y linda al Oeste  con la  calle 9 de Julio, al Este con Alberto L.  Martino,  al Norte  con  el lote 17 “A” y al Sur con el  lote  19  “A”, todos del mismo plano.

 

TERCERO: el designado con la característica 19 “A” y se ubica  en la  calle  9 de Julio entre Pasaje Nº 4 y  Av.  Presidente Juárez Celman, a los trece metros de esta última hacia  el Norte,  mide trece metros de frente al oeste, por  treinta metros  de fondo, encierra una superficie  de  trescientos noventa  metros cuadrados y linda al Oeste con calle 9  de Julio,  al  Este con Alberto O. Martino, al Norte  con  el lote  18 “A” y al Sur con el lote 20 “A”, ambos del  mismo plano.

 

CUARTO: El  designado con la característica 20 “A” y se ubica  en la esquina formada por las calles 9 de Julio y Av.  Presidente Juárez Celman, mide trece metros de frente al  Oeste por treinta metros de frente y fondo al Sur, encierra  una superficie de trescientos noventa metros cuadrados y linda al Oeste con la calle 9 de Julio, al Sur con la Av. Presidente  Juárez Celman, al Este con Alberto O. Martino y  al Norte con el lote 19 “A” del mismo plano. 

 

ART.2º) Tramítase la inscripción dominial ante el registro de  la Propiedad de la Segunda Circunscripción de la Provincia de Santa Fe.

 

ART.3º) Tramítase  ante  la Dirección provincial de  Catastro  la inscripción del plano de mensura correspondiente.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala  del Honorable Concejo Deliberante, 14 de  diciembre de 1.984. 

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

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