VISTO:
Las obras de instalación de la red domiciliarias de gas natural, y
CONSIDERANDO:
Que numerosos vecinos han abonados de que por Ordenanza correspondía y en razón de la rescisión del contrato con las firmas citadas no se pudo cumplimentar.
Que a los efectos de dar una solución al problema y poder contar los usuarios del servicio con el mismo han comprado por su cuenta los elementos que eran necesarios para poder tener la provisión de gas.
Que esto obliga por lo tanto, con respecto aquellos que cumplimentarlo con sus obligaciones a devolver los importes que abonaron.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 342/87
ART.1º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a abonar a los vecinos que hallan comprado por su cuenta los elementos necesarios para la conexión a la red gas natural.
ART.2º) Los beneficiarios de la presente deberán presentar a la Municipalidad la correspondiente factura que acredite los gastos realizados.
ART.3º) Las facturas recibidas deberán ser conformadas por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a los efectos de verificar si los precios consignados en la factura con los corrientes de plaza.
ART.4º) La autorización acordada en el Art. 1º es para los usuarios que hallan entregado su factura hasta la promulgación de la presente Ordenanza.
ART.5º) Deróguese la Ordenanza N º 290/87.
ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, noviembre 5 de 1.987.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone