VISTO:
Las tratativas realizadas por la Secretaría de Acción Comunal conjuntamente con la Dirección Provincial de Informática de conformar una red de tele informática en la Provincia, y
CONSIDERANDO:
Que el estado actual de los estudios realizados autorizan a aceptar la posibilidad de que se pueda concretar ese objetivo.
Que hay posibilidades por parte de Entel de otorgar una línea que se adecúe a tales fines.
Que también existe en la Provincia equipos que pueden ser facilitado a la Municipalidades para interconectarse con distintos centros periféricos de la mencionada red, como las Ares de Salud, Dirección de Rentas, Tribunales locales, IAPOS, etc.
Que esa conexión permitirá no sólo el seguimiento de expedientes sino también la posibilidad de poder acceder a las fuentes de información de la Provincia, como catastro, impuesto inmobiliario, registro de la propiedad.
Que los beneficios podrían ser usados por localidades vecinas a ésta.
que es necesario apoyar plenamente este tipo de iniciativa por los beneficios expuestos.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 343/87
ART.1º) Declárese de Interés Municipal todas las actuaciones dirigidas a hacer ingresar a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez en la Red Tele informática de la Provincia de Santa Fe.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 5 de noviembre de 1.987.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone