Ord. 0359/87 Prohibe el estacionamiento en calle Buenameson

VISTO:

La gran afluencia de vehículos, ya sean particulares como de transporte de pasajeros que circulan por cale Buenameson  desde Levalle hasta Corrientes en ambas  direcciones por los motivos de público dominio como son las obras  de infraestructura que se están realizando en los accesos de la Ciudad, y

 

CONSIDERANDO:

Que el estacionamiento en esa calle dificulta la  circulación  de los vehículos mencionados ya que la misma  es  de doble mano, de medidas estrechas y es acceso obligado  por las razones anteriormente expuestas.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 359/87

 

ART.1º) Se  prohíbe el estacionamiento durante las 24  horas  del día en calle Buenameson desde Levalle hasta calle Corrientes.

 

ART.2º) Se permite estacionar en el sector antedicho para  operar en  carga y descarga, en el horario de 7:00 a 9:00  horas, en  días hábiles y de 7:00 a 10:00 horas en días  sábados, domingos y feriados.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 30 de diciembre de 1.987.

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

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