VISTO:
La gran afluencia de vehículos, ya sean particulares como de transporte de pasajeros que circulan por cale Buenameson desde Levalle hasta Corrientes en ambas direcciones por los motivos de público dominio como son las obras de infraestructura que se están realizando en los accesos de la Ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que el estacionamiento en esa calle dificulta la circulación de los vehículos mencionados ya que la misma es de doble mano, de medidas estrechas y es acceso obligado por las razones anteriormente expuestas.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 359/87
ART.1º) Se prohíbe el estacionamiento durante las 24 horas del día en calle Buenameson desde Levalle hasta calle Corrientes.
ART.2º) Se permite estacionar en el sector antedicho para operar en carga y descarga, en el horario de 7:00 a 9:00 horas, en días hábiles y de 7:00 a 10:00 horas en días sábados, domingos y feriados.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 30 de diciembre de 1.987.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone