VISTO:
La nota enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, dónde solicita que se le conceda una prórroga de 45 días a las empresas concesionarias del transporte urbano de pasajeros, y
Que el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra abocado al estudio del nuevo pliego de licitación para el Servicio Público de Pasajeros, es razonable y prudencial conceder una prórroga a dichas empresas.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 386/88
ART.1º) Autorícese una prórroga de 60 días a las empresas de transporte automotor Ing. Mosconi y Villa Diego S.R.L., para seguir prestando el servicio público de transporte de pasajeros en esta Ciudad.
ART.2º) La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 7 de abril de 1.988
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone