VISTO:
La petición enviada por
CONSIDERANDO:
Los incrementos del costo de explotación y mantenimiento del servicio.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 390/88
ART.1º) Ajústase un incremento en las tarifas del servicio de taxis de la siguiente manera:
– Tarifa por bajada de bandera: A 1,80
– Por cada 100 m de recorrido: A 0,15
– Por cada minuto de espera: A 0,15
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal, fijará día y hora de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 5 de mayo de 1.988.
Presidente: Juan Carlos Cabos
Secretaria: Victor Mautone