VISTO:
El Expediente Nº 6101/87, sobre anteproyecto Guardería de Hogar de Ancianos, y
CONSIDERANDO:
La importancia que significa contar con una reglamentación que determine la funcionalidad de una Guardería que funcionara en nuestra Ciudad, para atención de los Ancianos que requieren de la Sociedad una atención solidaria que mitigue la situación de los mismos.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
ORDENANZA Nº 393/88
ART.1º) Apruébese la Reglamentación sobre la Guardería de Hogar de Ancianos que consta de 30 Artículos que se adjunta y forman cuerpo de la presente Ordenanza.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de Mayo de 1.988.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone