VISTO:
Las solicitudes efectuadas por las Vecinales Constancio C. Vigil e Int. Andreu, teniendo en cuenta de que todas aquellas Instituciones que prestan un servicio de orden comunitario y sin fines de lucro sean favorecidas con una Ordenanza que las exceptúen del pago de
CONSIDERANDO:
Que estas Instituciones están cumpliendo un rol fundamental dentro de nuestra Ciudad por su accionar desinteresado y sin fines de lucro, hace que se vean favorecidas por las medidas antes mencionadas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 417/88
ART.1º) Serán eximidas del pago de
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 23 de Junio de 1.988.
Presidente: Juan Carlos Cabos
Secretaria: Victor Mautone